Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la Solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A, efectuada por el ciudadano JOSÉ ISABEL MARTÍNEZ, solicitando la citación de la ciudadana CARMEN FELICIA GONZALEZ, ambos identificados.-