Se DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos ROBERTO JOSÉ ROSALES PÉREZ y MARÍA ELENA BERRAONDO, plenamente identificados en autos, en fecha 27 de mayo de 1993, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, según el acta Nº 63 del libro de registros de matrimonios llevados por ese despacho.