Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR ILEGITIMIDAD DE LA RECURRENTE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente INSTITUTO PARA EL CONTROL Y LA CONSERVACIÓN DE LA CUENCA DEL LAGO DE MARACAIBO, (ICLAM). En consecuencia, se CONFIRMA la Resolución Nº GJT-DRAJ-2001-A-653 de fecha 20 de marzo de 2001, emitida por la Gerencia Jurídica Tributaria del SENIAT, así como las Planillas de Liquidación Nros. 04-10-27-000026, 04-10-27-000027, 04-10-27-000028, 04-10-27-000029, 04-10-27-000030, 04-10-27-000031 y 04-10-27-000032, emitidas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Por consiguiente la recurrente deberá pagar las suma actual de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 237,74), por concepto de impuesto, SETENTA Y DOS .....