Por lo antes expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la querella interdictal restitutoria de la posesión por despojo, intentada por la ciudadana FRANCELINA CHÁVEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.677.403 y de este domicilio, debidamente representada por los abogados en ejercicio Angel Ledezma y Francisco Sierra, Inpreabogado Nros. 32.445 y 183.202, respectivamente, contra los ciudadanos LISBALDO RAMÓN GONZÁLEZ APONTE, ADA SORELY GONZÁLEZ APONTE, EDUARDO ENRIQUE GONZÁLEZ APONTE, JOSÉ MIGUEL GONZÁLEZ APONTE, LORENA ORBELYS GONZÁLEZ APONTE, YESENIA DEL CARMEN GONZÁLEZ APONTE, JENNY ODALYS GONZÁLEZ APONTE y EMILY JACQUELIN GONZÁLEZ APONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.138.862; V-9......