Sobre la base de los razonamientos antes hechos este Juzgado Unipersonal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede: PRIMERO: ABSOLVER A LUIS RAMON NAVARRO, Titular de la Cedula de Identidad V-04.224.989, Venezolano, natural de Valle la Pascua, Estado Guarico, de 65 años de edad, Soltero, Profesión u Oficio Medico Cirujano Plástico, residenciado en: AV. AGUSTIN CODAZZI, CASA #8-5, URB. FUINDACION MENDOZA, MARACAY, ESTADO ARAGUA, que le fueran atribuidos por el Ministerio Público, declarando la Libertad Plena del mismo y el levantamiento de toda medida de coerción que pesa sobre el mismo. Diarícese, regístrese, publíquese la presente sentencia. Cúmplase.-