Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano CARLOS MARTIN GIL CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.087.800 en contra de la Sociedad de Comercio: LA MONSERRATINA C.A. plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa a pagar la cantidad de: DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL CINCO BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 2.200.005,60)En lo que respecta a los SALARIOS CAIDOS es conveniente traer a colación el antecedente jurisprudencial emitido por la Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia quien en fecha dos (02) de noviembre de 2004 caso José Luis Márquez vs Trasporte Herolca C.A; el c.....