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Decisiones del dia 06/10/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 10.478 N° Sentencia : Fecha: 06/10/2006
Procedimiento:
Intimacion De Honorarios Profesionales
Partes:
CARLOS RAFAEL CUBA DÍAZ VS HÉCTOR TOMÁS RENGIFO
Resumen:
DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCION por falta de interés procesal y en consecuencia la terminación del procedimiento en el juicio por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES que interpuso el ciudadano CARLOS RAFAEL CUBA DIAZ contra el ciudadano HECTOR TOMAS RENGIFO LARA. Así se decide.- PUBLIQUESE , REGISTRESE Y GUARDESE COPIA. Dado, firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Juzgado Segundo de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los seis (06) días del mes de Octubre del año dos mil seis (2.006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.- EL JUEZ TEMPORAL, .....
Juez/Ponente:
Hector Castellano
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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N° Expediente : 8939 N° Sentencia : Fecha: 06/10/2006
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
TOMAS GUEVARA GRANADOS VS ELECTRICIDAD DEL CENTRO, C.A. (ELECENTRO, C.A.) FILIAL DE CADAFE
Resumen:
Como consecuencia de ello, a partir de la publicación de la Constitución del 1999, la falta de pago oportuno de las prestaciones sociales, y de todos los conceptos que integran el salario, genera intereses, los cuales deben ser calculados sobre los conceptos causados luego de la fecha antes señalada. En vista de lo ante expuesto, este Tribunal acuerda los intereses moratorios a pagar por el patrono, sobre los montos de las sumas que se generen luego de realizada la experticia que determine las diferencias entre los pagado y lo adeudado en concepto de prestaciones sociales. La suma a pagar por este concepto será cuantificada mediante la experticia complementaria del presente fallo, según los siguientes parámetros: 1) Un solo perito designado por el Tribunal competente por cuenta de la accionada. 2) El perito se servirá de la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela, conforme al literal c) del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, a partir del mes de abril del 2.001 (inc.....
Juez/Ponente:
Hector Castellano
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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