En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales y, en consecuencia, declina la competencia por el territorio al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. ASÍ SE DECIDE.
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho a los efectos previstos en el artículo 69 ejusdem. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese y Regístrese la anterior decisión y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los seis (06) días del mes de octubre del año dos mil Catorce .....