Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana FIDELINA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.904.971, debidamente asistida por la abogada LAURA CAPACHHI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.535, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA MUNICIPAL LOS SALÍAS (IAPMLS). En consecuencia, a los fines de determinar el monto de lo adeudado a la querellante por concepto de prima de responsabilidad y jerarquía, de los intereses de mora y la indexación acordados en el cuerpo del presente fallo, se ORDENA efectuar experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, contado a partir del 16 de marzo de 2012, hasta que quede definitivamente fir.....