CON LUGAR LA OPOSICIÓN DE PARTE interpuesta en contra del decreto de MEDIDA DE EMBARGO, dictada por este Tribunal en fecha 29 de Noviembre de 2.022, de conformidad con lo establecido el ordinal 1 del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil sobre el QUINCE CON NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (15.95%) de acciones clase C (243.095,67 acciones) pertenecientes a la ciudadana GLORIA ZÁRRAGA MARFISI DE VIGGIANI, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.407.281, en su carácter de accionista clase C de la Sociedad Mercantil CARACAS PAPER COMPANY S.A., (CAPACO),