Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el Recurso de Apelación de sentencia interpuesto por la Abogada Iliana Julimar Aguilar González, identificada con la cédula número V.13.593.509 e inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 238.563, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos Cristóbal Rafael Orozco Rea y Edicvanny José Díaz Lozano, identificados con las cédulas número V.19588.343 y V.19.862.673, respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 14.08.2023 por el Juez del Tribunal Primero (1°) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio del Circuito Judic.....