´UNICO:Se acuerda el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano: POR IDENTIFICAR titular de la cedula de identidad V-S/N, Por la comisión de los delitosdelitoHURTO SIMPLEprevisto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal;vigente para el momento de ocurrir los hechos que originaron la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: Que la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada. Notifíquese. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. YACIANI J. DIAZ MARCANO
LA SECRETARIA,
ABG. RAIXA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
ABG. RAIXA ALVAREZ
CAUSA Nº 5C-SOL-4619-23
YJDM/ME
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