Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLEel Recurso de Hecho interpuesto por el abogado LUCINDO ALEJANDRO PEREZ CASTILLO, ya identificado.