Visto el análisis anteriormente expuesto, es por lo que este Tribunal administrado justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara IMPROCEDENTE LA PERENCION DE LA INSTANCIA solicitada por el apoderado judicial de la co-demandada Sociedad Mercantil ACEROMAT, C.A., y Así de decide.
Se deja constancia, que a partir de la presente fecha se REANUDA LA CAUSA y se ordena la Notificación de las partes.
Publíquese, Regístrese, Ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los seis (06) días del Mes de Diciembre de 2021. Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación
EL JUEZ
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA.
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