Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE a las ciudadanas GABRIELA ALEXANDRA BIEBER ALDANA Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-25.379.942, nacido en fecha 07-06-1994, profesión u oficio: coordinadora del inti, residenciado en: Calle Ricaurte, sector sabanita, casa numero 21, Camatagua, Estado Aragua, y ANGELICA ALEXANDRA BIEBER ALDANA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.596.339, nacido en fecha 31-01-1999, de profesión u oficio: Coordinadora, residenciado en: Calle Ricaurte, sector sabanita, casa numero 21, Camatagua, Estado Aragua, por la comisión del TRAFICO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 124 de la ley para el Desarme y Control de Armas Municiones, y así decid.....