Este Tribunal observa que lo solicitado no es contrario a ninguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles, por lo que en Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN CORRESPONDIENTE, conforme a lo establecido en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; Articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; a los fines de que alcance el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, por lo que este Juzgado da por terminado el presente asunto y ordena el cierre y archivo de la presente causa. Y así se resuelve.