Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 13 de Abril de 2009, los ciudadanos JESUS ANTONIO RAMOS RIVAS Y MARIA MAGDALENA AZOCAR PARIS, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Taller Calcurian, C.A., contra la decisión dictada en data 11 de marzo de 2009, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Abg. Lisset Carolina Prada Guerrero, mediante la cual se DECLARÓ CON LUGAR la ENTREGA DEL VEHÍCULO Marca: CHEVROLET, Modelo: ESTEEM, Color: BLANCO, Clase: AUTOMÓVIl, Tipo: SEDAN, Año: 2000, Serial de Carrocería: 8Z1CR516XYV310616, Serial del Motor: XYV310616, Placas: FAM-96J, a la Ciudadana MAR.....