D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos, DALIA VIRGINIA SILVERIO HERNÁNDEZ y LEOMAGNO OVISPO PALACIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.750.665 y V-11.035.488, respectivamente, asistidos por el abogado, NEYDI MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.609.802 e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 156.473, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintiuno (21) del mes de mayo del año mil novecientos noventa y tres (1993), por ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua, según consta en Acta que corr.....