En este estado la Jueza Ejecutora de Medidas oída la anterior exposición acuerda de conformidad y se abstiene de ejecutar la Medida de Embargo Provisional, conforme a lo solicitado, acuerda devolver la presente comisión en el estado en que se encuentra al Juzgado de la Causa, una vez que sea expedida las copias certificadas, tanto del acta como de toda la comisión para su respectivo archivo.