Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se declara en estado de inhabilitación al ciudadano ALESSANDRO JOSÉ GRAMITTO RICCI ROMERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.544.331.-
SEGUNDO: Se nombra como curador a la ciudadana MARLENE JOSEFINA ROMERO DE RICCI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.312.292, madre del ciudadano antes referido.-
TERCERO: De conformidad con el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil, consúltese la presente decisión con el Juzgado Superior.