En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el Recurso de Casación, anunciado en fecha 05/02/2020, que interpusiera la abogada en ejercicio, PEDRO MARQUEZ TILLERO, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro 119.10, respectivamente, siendo apoderado judicial del ciudadano Julio Falzarano cedula de identidad; 8.704.085, (parte demandante), Así se decide.