En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 1070 de fecha 09/08//2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,declara:
PRIMERO: "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por la ciudadana ODALYS MERCEDES GUZMAN GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 19.345.555 contra su cónyuge LUIS FRANCISCO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-16.315.873.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 2 de Junio de 2000, por ante el Registro Civil del Municipio Montes del Estado Sucre, según se evidencia en acta de matrimonio inserta bajo el Nº.....