DECISION
Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 12-07-2007, mediante el cual condenó a los penados: JORGE LUIS JASPEN ASCANIO, identificado con la cédula de identidad N° V-20.057.129, y residenciado en BARRIO ALI PRIMERA, CALLE ESEQUIBO, CASA Nº 103, CAGUA, ESTADO ARAGUA, y JULIO CESAR MONTOYA PEREZ, identificado con la cédula de identidad Nº V-17.576.991, y residenciado en CALLE CAMEJO, Nº 1-9 DEL SECTOR TAMBORITO, CAGUA, ESTADO ARAGUA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por el delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el Artículo 80 ambos del Código Penal Venezolano vigente, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos .....