DISPOSITIVA
En merito de las consideraciones antes expuestas y con fundamento en las motivaciones precedente y de las disposiciones legales citada, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE, la demanda de DESALOJO, incoada por el abogado FRANCISCO ELADIO GARCIA, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano IVAN DARIO MARQUEZ.-, suficientemente identificado supra, contra Sociedad de Comercio "LOS CATIRES ELECTRIC PARTS 2.006, anteriormente identificada, en consecuencia:
PRIMERO: Por cuanto la presente sentencia se dicta dentro del lapso legal de diferimiento, no es necesario notificar a las partes.
SEGUNDO: Se Condena a la parte demandante perdidosa a pagar las costas, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Publíquese, regístrese y expídase las co.....