IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo solicitada por ciudadano JAIRO JESUS SANCHEZ ZAMBRANO; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.418.320 y de este domicilio; debidamente asistido por el profesional del derecho, ciudadano PEDRO CELESTINO RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 83.917, contra la Providencia Administrativa Nº 00579-13 de fecha 03 de septiembre de 2013, que fue dictada en el expediente Nº 043-13-01-00883 por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Linares Alcántara, Santiago Mariño, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud Calificación de Falta incoada por la abogada CARMEN RODRIGUEZ DE CELTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 27.027; actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Ministe.....