En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por la abogada en ejercicio ANA FELIX DIAZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.479, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA DOLORES MARTINEZ DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.178.221, de conformidad con lo establecido con lo previsto en el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la rectificación de la partida de nacimiento inscrita por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, con el Nº 863, tomo I, de .....