D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en San Mateo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, en el juicio de Obligación de Manutención, habida entre los ciudadanos JOSÉ ENRIQUE JIMENEZ GARCIA y NINOSKA MARILYLY MACHADO GARCIA, plenamente identificados, en su carácter de padres de la niña Identidad Omitida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del tribunal. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, e.....