este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA a los acusados: REYES GREGORIO LUGO PIÑANGO, titular de la cedula de identidad N° V-21.370.929, nacido en la Victoria estado Aragua, Fecha de Nacimiento 15-11-1991, edad 26, con domicilio: SECTOR MOROCOPO, VÍA EL ROSARIO, CASA S/N°, PARROQUIA TEJERÍAS, MUNICIPIO SANTO MICHELENA ESTADO ARAGUA; a cumplir una pena de SIETE (07) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3 y 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y el delito de PORTE ILICITO DE A.....