D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentado por la ciudadana, DAMARIS VERONICA GUEVARA BOLIVAR, venezolana, de este domicilio, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.907.001, asistida en este acto por la abogada en ejercicio, JOHANDRY SCARLET LÓPEZ FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 267.443, con correo electrónico: abg.johandryslopez@gmail.com, y número telefónico 0416/346.51.29, en contra del ciudadano, CARLOS OSWALDO MONTEVIDEO REQUENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.092.512, con número telefónico: 0412/037.40.70. En consecuencia, se declara.....