Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, RESUELTO el contrato de arrendamiento y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar, totalmente libre de bienes y personas el siguiente inmueble. ubicado en la urbanización Piñonal, Avenida Circunvalación c/c Avenida José Maria Vargas, Nº 184, (apartamento 02) Jurisdicción de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipios Girardot del Estado Aragua
SEGUNDO: Cancelar la cantidad de doscientos sesenta mil bolívares (Bs. 260.000,00) por concepto de cánones insolutos correspondiente a los meses de agosto y septiembre.
TERCERO: Cancelar la suma de TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 31.250,00) por concepto de agua y electricidad.
N.....