A los fines de asegurar la comparecencia del imputado a los actos del proceso, y por estar llenos los extremos de ley, se acuerda se imponer al ciudadano JULIO VICENTE MOSQUERA BARRIO, JULIO VICENTE MOSQUERA BARRIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.146.516, Edad: 19 años, profesión: ALBAÑIL grado de instrucción: 3 grado de educación básica, hijo de Carmen Barrios y Julio Mosquera, residenciado en Tierra negra, calle Juan canelon, con calle Negro Primero, casa B-129, casa 16-48, Barquisimeto estado Lara. teléfono: no tiene, la Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad de conformidad con el artículo 256 numerales 3º, consistentes en presentación cada TREINTA (30) días por ante este Circuito Judicial Penal y acudir a charlas ante la Dirección de Prevención al Delito.