-III-
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRÁMITE en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Gabriel de Flamineis y José Joaquín Faria de Lima, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 19.017 y 820, respectivamente, actuando el primero de los nombrados como apoderado judicial de la sociedad mercantil PROMOTORA ROANA, C.A., registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 12 de julio de 1977, bajo el Nro. 36, Tomo 98-A, y ambos apoderados de la sociedad mercantil BIACARPIN C.A., inscrita ante la misma Oficina de Registro Mercantil, el 7 de abril de 1967, bajo el Nro. 43, Tomo 17-A, interpu.....