es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DE NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la norma adjetiva y sustantiva laboral vigente, en uso de sus atribuciones legales, decide: PRIMERO: Se imparte la HOMOLOGACION del presente convenimiento judicial alcanzado por las partes promovido por este Juzgado y contenidos en la presente acta, dándole efecto de COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta. TERCERO: Se acuerda el cierre y archivo del presente expediente. Dándose por cerrado el acto a las once y veintinueve de la mañana (11:29 am.) del día de hoy, lunes siete (07) de mayo del año dos mil doce (2012). Se hacen tres (03) ejemplares del mismo tenor y a un s.....