III
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoado por las ciudadanas MILAGRO DEL VALLE VALOR VALOR y FRANCISCA JAVIELA CHIRINOS BERROTERAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.472.250 y V-10.950.680, respectivamente, debidamente asistidas por la abogada CARMEN ALESIA SANGUINETTI, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el No: 70.560, contra la decisión proferida por el Juzgado Quinto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, de fecha 15 de abril del año 2014, en el cuaderno separado de Tercería del Expediente No. 001-2014, nomenclatura de ese Juzgado, contentiv.....