es por ello y a tenor de lo establecido en el Articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se REPONE LA CAUSA al estado de librar nuevamente boleta de notificación a la defensor ad-litem ciudadana abogado NILDA ESCOVAL VADEL, inpreabogado N° 147.086, a fin de comparecer ante este tribunal a manifestar su aceptación o no al cargo recaído, se declara nulo todo lo actuado con posterioridad al abocamiento de fecha 16 de diciembre de 2013, folio 37 y dejando a salvo la diligencia suscrita en fecha 02 de mayo de 2014, que riela al folio 42 del presente expediente. Libre boleta de notificación. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal, en Maracay a los siete 07 días del mes de mayo de 2014. Años 203 y 155.
El Juez
Abg. Mazzei Rodríguez Ramírez
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