Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la petición de la Medida Cautelar de Suspensión de los efectos en contra del Acto Administrativo contenido en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº PA-US-ARA-0031-2018 de fecha 22-11-2018, dictado en el Expediente US.ARA-0006-2018, emanada de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT-ARAGUA), Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, notificado en fecha 14 de febrero de 2019, la cual acuerda imponer la sanción contra la referida entidad de Trabajo por la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EXACTOS, (1.794.333,00) la comisión de las infracciones previstas en Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Publíquese, regístrese y.....