En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia N° 131/2009 de fecha 27 de julio de 2010, a través de la cual se declaró EXTINGUIDO POR DECAIMIENTO DEL INTERES PROCESAL en el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil "COMUNIC. ARTE, X,Y,Z, C.A.", y habiendo transcurrido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (SENIAT), a los fines de su ejecución.
Líbrese oficio y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (U.A.....