DECISION
En mérito de las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia dictada en fecha "28 de junio de 2005", por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de esta Circunscripción Judicial que declaro CON LUGAR LA LITISPENDENCIA, dio por terminado el juicio y ordenó el archivo del expediente,. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 353 del Código de Procedimiento Civil. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena oficiar al Tribunal de origen de la presente decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y BAJESE EL EXPEDIENTE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercan.....