DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: KARLES ALEJANDRA MACHADO UGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 24.443.942, Soltero, residenciado en el URB. LOS TAMARINDOS CALLE SAN MIGUEL N 13, MAARIARA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículo 458 del Código Penal, previsto y sancionado en el articulo 114 de la Ley de Desarme para el Control de Armas y Municiones. Se observa que el penado fue condenado a las penas accesorias previstas en el Artículo 13 del Código Penal. Asimismo, se le participa que el penado KARLES ALEJANDRA M.....