DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado por la ciudadana LIGIA RAMONA RAMOS DORTA, identificada con la cedula de identidad N° V-2.511.162, contra los ciudadanos LISANDRA NAVAS RAMOS, CARLOS MANUEL NAVAS RAMOS, LICELIS RAMONA NAVAS RAMOS y NORMA COROMOTO NAVAS RAMOS identificados con las cedulas de identidad N°V-12.855.962, V-14.231.178, V-12.855.970 Y V-14.578.999, respectivamente, se inició con demanda admitida por auto de fecha 31 de marzo de 2023, Y ASÍ SE DECIDE.