SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDGAR ARCHILA ZERPA, contra la decisión dictada por el Juzgado de Juicio Violencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua de fecha 11 de marzo de 2009. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del auto de Declaratoria de Nulidad dictado por el Juzgado de Juicio Violencia del estado Aragua en fecha 11 de marzo de 2009, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 190, 191 y 196 de la norma adjetiva penal, ordenándose a ese Juzgado el conocimiento de la presente causa seguida al ciudadano JOSÉ LUIS SÁNCHEZ. TERCERO: SE ORDENA la remisión de la presente causa al Juzgado de Juicio Violencia del estado Aragua para que se realice el juicio oral y privado en contra del ciudadano JOSÉ LUIS SÁNCHEZ.