Por las razones anteriores expuestas ante este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO U EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSE ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Cagua administrado justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos de los ciudadanos JULIO CESAR SALON y NILDA ANDREINA SANCHEZ CHACON, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-18.176.361 y V- 19.11.300 respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio que los une, contraído por ante Registro Civil del Municipio Girardot, estado Aragua, en fecha 26 de Diciembre de 2013, asentada bajo Nº 229, Tomo VII: De los libros de registro civil de matrimonio llevados por dicho Registro