Es por todo los razonamiento anteriormente expuestos, que es forzoso para este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua declarar: IMPROCEDENTE lo solicitado por el ciudadano José Miguel Roa Moronta Inpreabogado N° 122.157, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AMORTIGUADORES Y TRIPOIDES ARAGUA I C.A. parte demandada en el presente asunto, en los términos en los cuales fue planteada. Así se Decide.