DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución para la Responsabilidad de la Sección Penal del Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la EJECUCIÓN Y COMPUTO de la Medida al sancionado IDENTIDAD OMITIDA a cumplir la sanción de PRIVATIVA DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO Y SUCESIVAMENTE SEIS (06) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA. Determinándose que hasta el día de hoy ha cumplido la Medida Privativa de Libertad por el lapso de DOS (02) MESES Y UN (01) DÍA. La Medida de PRIVACION DE LIBERTAD será cumplida en la Entidad Socio Educativa Jesús Maria Rengel. Se Ordena al Equipo Técnico del Programa Socio Educativo Menca de Leoni que dentro de los primeros TREINTA (30) días contados a partir del presente auto deberán realizar el PLAN INDIVIDUAL de la adolescente, quien participará ac.....