Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LENNIN ALEJANDRO OLIVERO COLMENARES, titular de la cedula de identidad N° V-22.503.529, Venezolano, de estado civil Soltero, de 27 años de edad, nacido en fecha 10-03-1992, natural de CARACAS, DISTRITO CAPITAL, profesión u oficio: ASESOR MERCANTIL, residenciado en: SECTOR LA CARRIZALERA LA VEGA CALLE URDANETA CASA N° 96 LOS HORNOS PALO NEGRO ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el Artículo 456 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en qu.....