Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de nuestra Carta Magna y los Artículos 12, 242, 243 y 267, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano MAXIMILIANO FUENMAYOR SÁNCHEZ, quien actúa en su propio nombre y en representación de los ciudadanos SUSANA PAZO DE NASSAR, ANA MARÍA NASSAR PAZO, JORGE ENRIQUE NASSAR PAZO y LAURA JOSÉ NASSAR PAZO, contra el ciudadanoDOUGLAS NASSAR GONZÁLEZ, por COBRO DE BOLÍVARES.Todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, f.....