es por lo que, este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del nuevo régimen como del régimen procesal transitorio del trabajo de la circunscripción judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el Tribunal lo HOMOLOGA, y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y acuerda la devolución de lo solicitado.