Se concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana NATALIA CAROLINA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.990.537, acompañada de sus hijos ya mencionados, a la direcciónque se indica, en Caracas, por el lapso de seis (6) meses contados a partir de la presente fecha todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal "m" parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda librar boleta de notificación al ciudadano ARNALDO JOSÉ BERRÍOS CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V-7.952.155, conforme la sentencia VINCULANTE No. 1039 del expediente 09-0124 de fecha 23/07/ 2009 proferida por la Sala Constitucional del TSJ.