Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil, 185-A del Código Civil y los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana De Venezuela, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: NASSER YZZE CHAUEBE y MARLENY DEL CARMEN HERNANDEZ MARIN, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N° V-9.164.983 y 5.785.498, respectivamente y de este domicilio, Asistidos por la abogada: GLADYS SALAS, en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 88.195 y de este domicilio, según consta de matrimonio celebrado por ante la Parroquia Arapuey, Municipio Ces.....