Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, con fundamento a lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, para conocer del Juicio de ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, presentado en fecha "07 de octubre de 2.016", por la ciudadana: SARAI ESTHER GONZALEZ TERAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 8.823.000, debidamente asistida por los abogados: MARIO ALBERTO SILVA NAZOA y YOSMARY DAYANA HERNANDEZ SILVA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 160.239 y 255.098 respectivamente; en consecuencia, SE ORDENA: DECLINAR LA COMPETENCIA, al CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY, en el Tribunal que designe su distribución.
Remítase en origin.....